11-07-2016
El cobro documentario consiste en el cobro de las cantidades correspondientes a una exportación mediante la intermediación de un banco, pero sin que éste asuma riesgo de crédito alguno.
En el cobro documentario, el exportador entrega los documentos de embarque a un banco, llamado remitente, que los entregará a otro banco del país del importador, denominado banco presentador, que notifica al importador que tiene a su disposición los documentos de embarque que le entregará contra el pago de las mercancías y no antes. Es decir, ni el banco remitente ni el banco presentador tienen obligación alguna de pagar al exportador.
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