Consulados del Mar

Manuales - Diccionario

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01-01-2015

Los Consulados del Mar eran organismos rectores del comercio marítimo, existentes en un buen número de puertos del Mediterráneo desde el siglo XI.
En España surgieron en el siglo XIII, como unas corporaciones profesionales que agrupaban a las gentes del mar (mercaderes, navegantes, etc.) que frecuentaban las lonjas, en defensa de sus intereses económicos, y como tribunales especiales para la resolución de las cuestiones surgidas en el comercio marítimo.El germen estuvo en la creación, por Jaime I en 1257, de la Universidad de prohombres de la Ribera, como agrupación de mercaderes y armadores de la zona portuaria, para aplicarse a la custodia de la ribera (puerto) y defenderse de toda clase de enemigos. La creación formal de los Consulados se debe a Pedro III al fundar el de Valencia (1283), al que siguieron los de Mallorca (1343) y Barcelona (1347), Gerona, Perpiñán, Tortosa, San Felíu de Guíxols, etc.

Dentro de una tónica general, estos consulados tenían una estructura característica, apareciendo como corporación económica para fomento y regulación de los intereses mercantiles, al estilo de las actuales Cámaras de Comercio, y como tribunal especial. Este último aspecto fue el que adoptaron en un principio, yuxtaponiendo más tarde al mismo, el carácter de colegio o lonja de mercaderes. El gobierno como tal, estaba a cargo de dos "defenedors" o defensores de los derechos y prerrogativas del Consulado y de un consejo de veinte mercaderes, como junta de peritos en hechos mercantiles, para hacer tallas y derramas en naves y mercancías, poner cuotas a los comerciantes para conservación de la lonja y sus magistrados, y para el bien público del comercio.

Aparte, los Consulados juzgaban según un sistema procesal sencillo, con trámites rápidos, realizados por los dos cónsules, un consejo de prohombres, un "jutge de apels", letrados asesores, escribanos y secretarios. Todas sus ordenanzas judiciales se recogen en el Llibre del Consolat de Mar, de mediados del siglo XIV.Sus grandes beneficios mantuvieron esas lonjas, que levantaron a finales del Medievo durante toda la Edad Moderna, persistiendo en algunos casos (Barcelona) hasta principios del siglo XIX, en que se introdujeron los tribunales de comercio, al amparo del nuevo Código mercantil.

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