crédito documentario

Manuales - Diccionario

A | B | C | D | E | F | G | H | I | J | K | L | M | N | O | P | Q | R | S | T | U | V | W | X | Y | Z

15-09-2016

Desde hace bastante tiempo, el crédito documentario es uno de los instrumentos más generalizados en la realización de pagos en el comercio internacional, bien por la unificación de criterios en cuanto a su uso, que le hace convertirse en un instrumento poco conflictivo, bien por la necesidad de la intervención bancaria en los pagos internacionales. Se trata de compromisos de pago adquiridos contra entrega de documentos, revocables e irrevocables, que tienen su origen en la mediación de la banca en las operaciones de comercio exterior, así como los que puedan producirse en el comercio interior.

Pero, aparte de su función tradicional y meramente de medio de pago, el crédito documentario recientemente ha servido a los bancos como instrumento de emisión de garantías a favor de terceros. Esta clase de créditos son conocidos comúnmente por "stand-by letters of credit" y son utilizados para las finalidades más diversas.

Tipos de crédito documentario

  • Crédito documentario con anotación. Es una forma de utilización por fracciones de un crédito documentario con un monto único, y en el que cada una de las fracciones se encuentra anotada en la carta de crédito. No se trata nada más que de una forma de crédito fraccionado.
  • Crédito documentario con pago a la vista. Tipo de crédito documentario en el que el beneficiario de la carta de crédito recibe el pago por parte de los bancos emisor o confirmador, según el caso, en el momento de la entrega de documentos, siempre que éstos cumplan los requisitos impuestos en el crédito.
  • Crédito documentario con pago anticipado. Tipo de crédito documentario que supone una excepción sobre la práctica habitual, ya que por este crédito se le anticipa al vendedor parte o la totalidad de la cantidad de la operación, antes de la fecha de entrega de los documentos. Normalmente, en este tipo de créditos se añade una cláusula por parte del comprador, por la que se autoriza, que no se obliga, a los bancos intermediarios a realizar dicha anticipación.
  • Crédito documentario con pago diferido. Se trata de un tipo de crédito documentario por el que el beneficiario de la carta de crédito recibirá la cantidad en efectivo de la operación en una fecha posterior a la entrega de los documentos en el banco. Los créditos con pago diferido pueden ser simples, con aceptaciones sobre letras de cambio con pago diferido o créditos con negociación diferida.
  • Crédito documentario condicional. Tipo de crédito documentario que para su perfeccionamiento o ejecución debe cumplirse una o varias condiciones exigidas en el contrato y que pueden revestir forma de documento, en cuanto que se exige la presentación de documentos complementarios, o puede tratarse de una condición pura o simple que no puede ser probada mediante documento, sino mediante la evaluación de hechos o circunstancias.
  • Crédito documentario confirmado. Se trata de un crédito que ha sido aceptado y "confirmado" por otro u otros bancos aparte del emisor, con lo que se convierten, al igual que este último banco, en responsables directos frente al beneficiario y, por lo tanto, adquieren el mismo compromiso de pago que el banco emisor.
  • Crédito documentario irrevocable. Tipo de crédito documentario en el que el banco emisor adquiere, en la medida en que los documentos exigidos sean presentados en el plazo y condiciones exigidas, un compromiso en firme de pago ya sea a la vista, en diferido, aceptando letras, etc. Es decir, el crédito irrevocable crea una obligación, un compromiso en firme frente al beneficiario.
  • Crédito documentaría revocable. Clase de crédito documentario que puede ser modificado o cancelado por el banco emisor en cualquier momento y sin previo aviso al beneficiario. Respecto a la anterior afirmación de posibilidad de revocación en cualquier momento, hay que aclarar que sólo puede ser revocado hasta el momento de aceptación de los documentos del beneficiario por parte del banco, momento en que se hace uso del crédito, de los derechos del beneficiario. La revocación puede ser realizada a instancia del ordenante o a propia iniciativa del banco emisor; mientras que en el primer caso, el banco está obligado a seguir la instrucciones de su comitente y no se puede negar a revocar el crédito, en el segundo, el banco actúa de forma independiente del ordenante, aunque no podrá revocar el crédito sin una causa justificada.
  • Crédito documentario rotativo. A diferencia del crédito único, el crédito rotativo es un crédito documentario que regenera el monto o valor de la operación cada vez que la carta de crédito es girada por el beneficiario. Este tipo de créditos se utiliza con suministradores periódicos de mercancías a los que se les quiere imponer un límite a la utilización del crédito, de manera que una vez agotado el monto inicial, se regenera para otra operación idéntica la misma cantidad. Al igual que en el crédito único, existe un límite máximo de disponibilidad resultante de la fecha de vencimiento del crédito y de la frecuencia permitido de rotación de los montos.
  • Crédito documentario transferible. Tipo de crédito documentario en el que se permite al beneficiario original el transferir el crédito a uno o más segundos beneficiarios. Este tipo de crédito se utiliza cuando no es el primer beneficiario quien suministra directamente la mercancía, sino que actúa como intermediario, por lo que desea transmitir los derechos y obligaciones a los proveedores reales. Este tipo de créditos sólo puede transferirse una vez.
  • Crédito documentario único. En cuanto a la disponibilidad del crédito, los créditos documentarios se pueden clasificar en créditos únicos y créditos rotativos. El crédito único es aquel que se establece en una única cantidad, que una vez utilizada agota la disponibilidad del crédito documentario. En este tipo de crédito, la cantidad total está preestablecida en una cantidad máxima, que se puede ir disponiendo en entregas sucesivas hasta llegar a ese límite. Por definición, el crédito documentario se trata de un crédito único.

Últimas actualizaciones

red de conmutación de paquetes. Red de comunicación de datos inteligente, que permite el envi...
método comparativo. Aquel método basado en la comparación entre los diversos...
inmovilizado financiero. Son bienes patrimoniales de naturaleza financiera que no se utilizan e...
pasivo circulante. En general, los pasivos constituyen las fuentes de financiación...
concepto de dinero. Es necesario leer el artículo dinero, evolución y formas...
adquisición a non domino. Adquisición de quien no es dueño. Las adquisiciones a no...

Siguientes en el diccionario

crédito empresarial a clientes. El crédito a los clientes es consustancial con numerosas activi...
crédito espontáneo. Dícese del crédito que se obtiene en el pago de algunos ...
crédito hipotecario. Forma de crédito garantizado con hipoteca, también denom...
crédito incobrable. Se dice de aquel crédito que por alguna razón no es susc...
crédito interempresarial. El proceso de desintermediación financiera que se observa de un...
crédito interno. Incluye la financiación total concedida a los sectores pú...

Todos los derechos reservados

 contacto publicidad legal

Management Empresarial, la web que te resuelve tus dudas