01-01-2015
La Administración tributaria ha de procurarse un censo o relación de sujetos pasivos u obligados tributarios, que le permita conocer quiénes están sometidos a un determinado tributo, debiendo perfeccionarse el censo de modo que figuren en él relacionados todos los obligados y no aparezcan, en cambio, personas o Entidades ajenas a la correspondiente relación o deber de naturaleza tributaria.
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