derecho de crédito

Manuales - Diccionario

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01-01-2015

Derecho subjetivo que corresponde al acreedor para exigir de su deudor el pago de la deuda, o en general, el cumplimiento de la prestación objeto de la obligación asumida por éste. Este derecho de crédito se identifica generalmente con el interés del acreedor.
El ordenamiento articula en defensa de este derecho de crédito diversidad de medidas que, en forma preventiva, pueden consistir en la prestación de garantías al cumplimiento, pudiendo llegar en caso de incumplimiento voluntario, a la coercibilidad para el cumplimiento forzoso de la obligación.

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