01-01-2015
El derecho de paso es una consecuencia lógica de la servidumbre de paso, y consiste en el derecho que corresponde al propietario de una finca sin salida al camino público (predio dominante) a solicitar de los propietarios de las fincas colindantes (predios inferiores) una franja de acceso a la vía pública a través de ellos.
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