01-01-2015
La manda es la adjudicación hereditaria de bienes a título singular. La manda es sinónimo de legado. Aun cuando en determinados artículos del C.c. aparezca "mandas y legados" unidos por la conjunción "y" lo que pudiera denotar que se trata de instituciones distintas, en otros tantos artículos habla de "mandas o legados", lo que ya revela su verdadero carácter, lo que se corrobora de la lectura de todo el articulado que aplica el mismo régimen a las mandas y los legados.
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