24-03-2019
La masa hereditaria es el conjunto patrimonial del causante que habrá de ser objeto de reparto entre los herederos y legatarios, una vez satisfechos los créditos pendientes, tanto los de la herencia como del causante.
En la delimitación de la masa hereditaria, no sólo deben tenerse en cuenta los bienes dejados por el causante al momento de su muerte, sino que a éstos deben sumarse los que legítimamente debían entrar a formar parte de la masa hereditaria pero que no se encuentran en ella por una u otra razón, entre ellos, los entregados en concepto de dote, donación, etc. que deberán colacionarse a la masa con anterioridad a su reparto.
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