no residente

Manuales - Diccionario

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01-01-2015

En el orden fiscal, y a efectos del IRPF, el límite temporal que marca la diferencia entre un residente y un no residente es la permanencia en el territorio nacional durante más de ciento ochenta y tres días en un año natural, aunque también se toma como referencia para la conceptuación de la no residencia, el que el sujeto pasivo tenga su núcleo principal o la base de sus actividades empresariales, profesionales o intereses económicos radicados en el extranjero. Las personas físicas no residentes, vendrán obligadas a nombrar una persona física o jurídica con domicilio en territorio español para que les represente frente a la Administración Tributaria.

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