nulidad del contrato de trabajo

Manuales - Diccionario

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01-01-2015

nulidad del contrato de trabajoLa nulidad del contrato de trabajo, en principio, tiene un régimen similar a la nulidad de cualquier otra modalidad contractual civil o mercantil. Sin embargo, dado el carácter tuitivo del Derecho laboral, se prescriben imperativamente ciertos requisitos, condiciones y circunstancias que han de cumplirse obligatoriamente, y cuya contravención dará lugar a la nulidad del contrato de trabajo. En este sentido, y sin ánimo de exhaustividad, relacionamos a continuación posibles nulidades de los contratos laborales: los celebrados por personas sin capacidad para contratar (menores de dieciséis años); los que no se celebren bajo la forma requerida en los supuestos exigidos (contratos en prácticas, para la formación, para obra o servicio determinado, a tiempo parcial, a domicilio, etc.); contratos con objeto o causa ilícitos, esto es, los que versen sobre actividades ilícitas; los que impliquen una jornada laboral superior a la legal; los que estipulen un salario por debajo del mínimo legal; los que limiten el ejercicio de los derechos civiles o políticos de los trabajadores; los que estipulen la renuncia del trabajador a posibles indemnizaciones por accidentes de trabajo, etc; y en general, cualquier modalidad contractual que establezca condiciones en perjuicio del trabajador menos favorables o contrarias a las disposiciones legales y los convenios colectivos.

Peculiaridad especial contemplada por la legislación laboral es intentar preservar la validez del contrato, es decir, cuando la nulidad afecte sólo a alguna o algunas de sus cláusulas, se anulará el contrato parcialmente, quedando vigente en lo restante, y entendiéndose completado en defecto de la voluntad de las partes, por las leyes, los convenios colectivos y los usos locales y profesionales. Además, los órganos jurisdiccionales al declarar la nulidad del contrato deberán pronunciarse sobre el mantenimiento o no de los posibles beneficios, condiciones o remuneraciones que el trabajador tuviere reconocidos en las cláusulas contractuales declaradas nulas. Por último, cuando se declare la nulidad de un contrato laboral, el trabajador podrá exigir el pago de la remuneración correspondiente por sus servicios prestados, como si el contrato fuere válido.

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