obligaciones con cláusula penal

Manuales - Diccionario

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01-01-2015

En sentido jurídico, son obligaciones en las que se incluyen una cláusula penal que sustituye al eventual resarcimiento de daños y perjuicios o abono de intereses por incumplimiento o cumplimiento defectuoso o retardado de la prestación. Puede incluirse como cláusula dentro del propio negocio principal, como un anexo a él, o instrumentalizarse por documento aparte, incluso con posterioridad al negocio principal, siempre que se haga con anterioridad al vencimiento de la obligación. La legislación, configura la cláusula penal como un modo de satisfacer al acreedor en caso de cumplimiento irregular, por ello también recibe el nombre de pena convencional, pero no se permite al acreedor que solicite conjuntamente el cumplimiento de la obligación y el pago de la pena.

Por su parte el deudor tampoco puede liberarse del cumplimiento de la obligación por la satisfacción de la cláusula penal, salvo que expresamente constase la reserva de este derecho. Se permite que el Juez modifique de forma equitativa la pena cuando se haya cumplido parcialmente la obligación. Finalmente, se descubre el carácter accesorio de esta cláusula respecto a la obligación principal, ya que la nulidad de la cláusula penal no supone la nulidad de la obligación, pero la nulidad de ésta sí lleva consigo la nulidad de la cláusula penal.

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