obligaciones con condición resolutoria

Manuales - Diccionario

A | B | C | D | E | F | G | H | I | J | K | L | M | N | O | P | Q | R | S | T | U | V | W | X | Y | Z

01-01-2015

Son aquellas obligaciones que producen plenos efectos desde el momento de su constitución, pero sometidas a una condición, de modo que cuando ésta se cumpla, la obligación deja de existir. La obligación comienza a desplegar sus efectos desde el momento de su perfeccionamiento, y si nunca tiene lugar el evento futuro e incierto al que se encuentra supeditada, la obligación será perfecta y consolidará todos los derechos adquiridos. Sin embargo, si se cumple la condición impuesta, se resolverá la obligación, se perderán los derechos adquiridos y las partes deberán restituirse lo que hubieren percibido en su caso.

La resolución de la obligación puede ser absoluta o relativa. Es absoluta cuando no sólo deja de surtir efectos para el futuro, sino que también implica la anulación de los pasados, con obligación de devolver las cosas percibidas; es relativa cuando simplemente implica la resolución de la obligación para el futuro, pero respetando los efectos ya producidos. Compete a los órganos jurisdiccionales determinar en cada caso la modalidad resolutiva, aunque como regla general suele optarse por la resolución parcial en las obligaciones duraderas o de tracto sucesivo, y dejar la resolución absoluta para los supuestos de obligaciones instantáneas o de tracto único.
Los principales problemas se plantean en la resolución absoluta, dado que por imperativo legal, no sólo se pierden los derechos adquiridos, sino que, para la resolución de una obligación de dar, los interesados también deberán reintegrarse a lo que hubiesen percibido, restituyendo las cosas al estado anterior. Pero en ocasiones la restitución es imposible o poco equitativa debido a pérdida, deterioro o mejoras de la cosa. Para resolver estos supuestos el se remite a las aplicables a idénticos supuestos de riesgo en las obligaciones sometidas a condición suspensiva. Por lo que respecta a los efectos retroactivos de la resolución absoluta en las obligaciones de hacer o no hacer, se delega en los Tribunales la determinación en cada caso concreto.

Últimas actualizaciones

red de conmutación de paquetes. Red de comunicación de datos inteligente, que permite el envi...
método comparativo. Aquel método basado en la comparación entre los diversos...
inmovilizado financiero. Son bienes patrimoniales de naturaleza financiera que no se utilizan e...
pasivo circulante. En general, los pasivos constituyen las fuentes de financiación...
concepto de dinero. Es necesario leer el artículo dinero, evolución y formas...
adquisición a non domino. Adquisición de quien no es dueño. Las adquisiciones a no...

Siguientes en el diccionario

obligaciones con condición suspensiva. Obligaciones cuya plena eficacia depende del cumplimiento de una condi...
obligaciones con término esencial. En sentido jurídico, son una modalidad especial de las obligaci...
obligaciones conjuntas. Son aquellas que coexisten en un mismo negocio jurídico y que, ...
obligaciones contractuales. Aquellas obligaciones que tienen su origen en un contrato, por oposici...
obligaciones corrientes de pago. Constituyen una clase de crédito espontáneo como consecu...
obligaciones de dar. Aquella obligación en la que la prestación consiste en l...

Todos los derechos reservados

 contacto publicidad legal

Management Empresarial, la web que te resuelve tus dudas