oneroso

Manuales - Diccionario

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01-01-2015

En acepción general, gravoso, que implica una carga u obligación. En Derecho propio, y referido a actos y contratos jurídicos, con este calificativo se hace referencia a los negocios jurídicos conmutativos, esto es, aquellos en los que existe una reciprocidad de prestaciones, un sacrificio mutuo de ambas partes, por oposición a los lucrativos o gratuitos. En este sentido suelen identificarse los contratos onerosos de prestaciones recíprocas con aquellos que implican para una de las partes el pago de un precio, como el supuesto de la compraventa, aunque con este ejemplo paradigmático no se agotan las posibilidades de contratos conmutativos.

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