precio de apertura

Manuales - Diccionario

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01-01-2015

De acuerdo con las normas del Sistema de Interconexión Bursátil, en el mercado de lotes el precio de apertura será aquel que permita negociar un mayor número de títulos, dentro de los límites a que se refieren los párrafos siguientes. En el caso de que dos o más precios permitan negociar el mismo número de títulos, el precio de apertura será aquel que produzca el menor desequilibrio, entendiéndose por desequilibrio la diferencia entre el volumen ofrecido y el volumen demandado a un mismo precio. Si no hay desequilibrio o si los desequilibrios son iguales, se escogerá el precio más cercano al de cierre del día anterior.
Para la validez del precio de apertura, se requerirá que dicho precio no varíe más del 10% sobre el precio de cierre de la sesión anterior y que quede cubierta globalmente al menos en un 20% la posición de oferta o demanda dominante en dicho momento.

Si no se cumplieran ambas condiciones, se retrasará la apertura durante una hora, a lo largo de la cual, en caso de persistir la situación, se podrá autorizar la fijación de precio sólo con un 10% de cobertura.

Si el precio así obtenido tampoco cumpliera la condición del límite del 10%, se podrán autorizar mayores variaciones de precio, hasta un máximo del 15% global.

Sin perjuicio de lo anterior, cuando transcurrida la segunda hora de apertura persista la dificultad de formar precio en una parte significativa de los valores que se negocian en el mercado, la Comisión de Contratación del Sistema de Interconexión Bursátil podrá decidir sucesivos períodos de apertura a lo largo de la sesión de contratación con variaciones de precios hasta un máximo del 20 % global. Este porcentaje máximo de variación será aplicable a todos los valores que se encuentren en sesión abierta.

Si, aplicadas las normas anteriores no se pudiera obtener precio válido, el valor o valores afectados no se negociarán en toda la sesión, aplicándose lo previsto en el último párrafo del apartado b) de las normas sobre precios y sus variaciones.

Para realizar la adjudicación de propuestas en la apertura, una vez fijado el precio de apertura se cumplimentarán, en primer lugar y en su totalidad, las propuestas con precios mejores que aquél, y los lotes restantes se distribuirán entre las demás propuestas, según su orden de prioridad temporal.

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