01-01-2015
Aquél en el que el prestatario está obligado no sólo a la restitución del principal sino también a los intereses producidos según un tipo fijado, en concepto de retribución o compensación de la falta de disponibilidad para el prestamista. Antiguamente, el préstamo con interés era fuertemente criticado, pues conducía en muchas ocasiones a la usura. En la actualidad, superados estos prejuicios es de común aceptación el préstamo con interés, si bien el principio general para el préstamo civil es la gratuidad, salvo pacto en contrario, mientras que en el ámbito mercantil, prima el criterio de abono de intereses, siempre supeditado a que consten pactados por escrito.
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