representante del sujeto pasivo

Manuales - Diccionario

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01-01-2015

Persona que legal o voluntariamente tiene atribuida la representación del sujeto pasivo o contribuyente. Se admite que el sujeto pasivo con capacidad de obrar pueda actuar por sí o por medio de representante, con el que se entenderán las sucesivas actuaciones administrativas, si no se hace manifestación en contrario. La representación se presume concedida para los actos de mero trámite, sin embargo, para interponer reclamaciones, desistir de ellas en cualquiera de sus instancias y renunciar derechos en nombre de un sujeto pasivo, deberá acreditarse la representación con poder bastante mediante documento público, documento privado con firma legitimada notarialmente o comparecencia ante el órgano administrativo competente.

En cuanto a la validez y eficacia de la actividad desplegada por el representante, se estará a lo que se desprenda del poder, no obstante, se determina que "la falta o insuficiencia del poder no impedirá que se tenga por realizado el acto de que se trate, siempre que se acompañe aquél o se subsane el defecto dentro del plazo de diez días que deberá conceder al efecto el órgano administrativo", lo que implica que en el fondo de la norma subyace el criterio último de la validez de la representación, concediéndose al efecto un plazo para regularizar las posibles deficiencias.

Hasta aquí se ha examinado la representación voluntaria, sin embargo, existen otros supuestos de representación de sujeto pasivo que vienen exigidos legalmente. El primer y más común es el de los menores, incapacitados o personas que carezcan de capacidad de obrar, que precisarán un representante legal. Por otra parte, también es preciso un representante en el caso de Entidades, Asociaciones, herencias yacentes y comunidades de bienes que constituyan una unidad económica o un patrimonio separado, que deberán designar un representante que acredite dicha cualidad de forma fehaciente, entendiéndose, en su defecto, que ostenta tal representación quien aparentemente ejerza la gestión o dirección, y a falta de éste, cualquiera de los miembros o partícipes que integran o componen la entidad o comunidad.

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