30-09-2017
Contrato de seguro en el que el asegurador renuncia a la aplicación de la regla proporcional en el abono de la indemnización, puesto que indemnizará por el total de los daños sufridos hasta el límite del capital asegurado.
El seguro a primer riesgo o a primer fuego tiene su mayor ámbito de aplicación en los supuestos en que una misma póliza garantiza una pluralidad de intereses asegurados que se encuentran sometidos a riesgos diferentes, p. ej. seguro de incendios sobre varios inmuebles situados en lugares diferentes. En el seguro a primer riesgo se fija un capital asegurado que cubrirá el valor del interés más elevado de todos los que abarca la cobertura, de modo que, producido el siniestro, el asegurador abonará la indemnización por el importe total del daño, hasta el límite que representa la suma asegurada, y sin aplicar la regla proporcional.
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