vecindad civil

Manuales - Diccionario

A | B | C | D | E | F | G | H | I | J | K | L | M | N | O | P | Q | R | S | T | U | V | W | X | Y | Z

01-01-2015

La vecindad civil, o en la denominación de algunos derechos forales, la regionalidad o condición foral, es una cualidad del estado civil de la persona que determina la relación de ésta con un determinado ordenamiento jurídico. Así la sujeción al derecho civil común o al especial o foral se determina por la vecindad civil. La vecindad civil es pues el criterio que relaciona a la persona física con un territorio y su ordenamiento especial, que en la actualidad no puede entenderse exclusivamente a su derecho especial o foral, sino también al conjunto de disposiciones aplicables en una región Autónoma.

Últimas actualizaciones

red de conmutación de paquetes. Red de comunicación de datos inteligente, que permite el envi...
método comparativo. Aquel método basado en la comparación entre los diversos...
inmovilizado financiero. Son bienes patrimoniales de naturaleza financiera que no se utilizan e...
pasivo circulante. En general, los pasivos constituyen las fuentes de financiación...
concepto de dinero. Es necesario leer el artículo dinero, evolución y formas...
adquisición a non domino. Adquisición de quien no es dueño. Las adquisiciones a no...

Siguientes en el diccionario

vehículo de financiación. En el argot de los mercados internacionales se denomina así a u...
velocidad de circulación del dinero. Relación entre el volumen de dinero y la renta nacional. El con...
vencer. Cumplirse un término o plazo. Terminar o perder su fuerza oblig...
vencimiento anticipado. El vencimiento, en el ámbito obligacional, implica la existenci...
vencimiento común, cálculo. El vencimiento común es el cálculo de una fecha de pago ...
vencimiento fijo. Aquel que no se hace depender de un hecho futuro, condición o c...

Todos los derechos reservados

 contacto publicidad legal

Management Empresarial, la web que te resuelve tus dudas