3. 10. Emisión de valores negociables

Manuales - Diccionario

Direccion Financiera

28-07-2020

En los principales países, las operaciones de mercado primario han ido evolucionando a medida que ha sido preciso diversificar la oferta para adaptarse mejor a la volatilidad de los mercados. Hace algunos años la inmensa mayoría de las emisiones eran, salvo algunas convertibles, las denominadas clásicas, esto es, emisiones de acciones a la par o con prima y emisión de obligaciones, bonos y cédulas como títulos valores representativos de una parte alícuota del total de la emisión. Actualmente, las emisiones de renta variable y fija comprenden una amplia gama de características alternativas, especialmente en las emisiones de deuda y en las ampliaciones de capital, que en muchas ocasiones se ligan a ofertas de títulos convertibles.

emision de valores negociables

Sin abarcar toda la variedad de valores que se ofrecen en los mercados organizados, vamos a enumerar los más usuales:

a) Acciones ordinarias o con derecho preferente de suscripción y acciones sin voto, las primeras y las segundas entran dentro de la categoría de operaciones de emisión clásicas, porque han sido las formas normales de captar recursos propios por las sociedades anónimas, bien en el momento de su creación o cuando precisaban realizar ampliaciones de capital. Las emisiones de acciones sin voto constituyen una innovación, como forma de ampliar los recursos propios de las sociedades anónimas.

b) Valores convertibles, esto es, emisión de acciones convertibles en otras clases de acciones o emisión de obligaciones convertibles en acciones u otro tipo de obligaciones, sin o con opciones o warrants, inseparable o separable (en cuyo caso se cotiza también independientemente del título), que con una prima o baja sobre cotización, cuando supera a la par, permite al tenedor en ciertos momentos de la vida del empréstito suscribir los nuevos títulos por conversión de los primitivos. En caso de nuevas obligaciones, éstas pueden diferir en plazo, gozar de la prima o estar dotadas de una fórmula de interés diferente. Los intereses pueden ser fijos o variables y las veces que puede acudirse a la conversión pueden ser una o varias, señalándose en unas emisiones plazos cortos, y en otras, opciones que pueden ejercerse al cabo de varios años.

c) Valores rescatables, en los que periódicamente se conviene en autorizar al tenedor a solicitar su reembolso y la entidad emisora a amortizarlos o modificar sus condiciones de interés y/o amortización.

d) Valores indexados o indiciados, en función del índice de precios o de cualquier otro valor como el oro, el petróleo crudo, una cesta de divisas, un índice de bolsa o una cesta de índices, etc.

e) Valores "cupón cero" , en los que capital e intereses se devuelven al final del plazo del empréstito y que pueden combinarse con algunas fórmulas de opción o convertibilidad.

f) Valores perpetuos de renta fija, que se caracterizan porque el emisor no especifica fecha de devolución, salvo caso de liquidación, pero respetando un plazo mínimo. Gozan de ciertos incentivos en intereses o participación en beneficios.

g) Valores subordinados o participantes o perpetuos, que son aquellos emitidos a largo plazo o como perpetuos, que disfrutan de unos intereses en función de la actividad productiva, como por ejemplo el volumen de negocios o los beneficios, bien en su totalidad o añadidos a un tipo fijo mínimo, quedando los poseedores de estos títulos como acreedores de último rango, es decir, que percibirán su deuda en caso de liquidación después de los acreedores comunes y antes que los accionistas. Pueden tener vencimiento fijo o adoptar la modalidad de perpetuos o cualquier otra fórmula de amortización a medio o más usualmente a largo plazo.

h) Ofertas públicas de adquisición de acciones, destinadas a tomar la totalidad o una parte importante de las acciones de una sociedad de forma que se obtenga el control de la misma o una posición dominante.

i) Emisión pública de pagarés u otros activos financieros con rendimiento implícito, que no se ajusten a las normas que definen las obligaciones. Estas emisiones son públicas cuando desde el origen no está restringida su adquisición a un inversor institucional.

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